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Educación globalizada y práctica en Colombia

Por: Daniel A. Monroy

Departamento de Derecho Económico

Miembro de la Lista 1 #AdelanteFacultad 

daniel.monroy@uexternado.edu.co 
@DaniAlejandroM
 

A propósito de los procesos de reformas de planes de estudio de derecho en el país, incluyendo en la Universidad Externado de Colombia, realizó en esta entrada una reflexión sobre las problemáticas más importantes de la educación legal en Colombia. Estas ideas las tomó de un artículo titulado, "Hacia una educación jurídica práctica y globalizada en Colombia" que publiqué en la Revista Iberoamericana de Educación Superior en el 2018.  


Lo primero que hay que señalar es que la mayoría de las facultades de derecho del país presentan una serie de dificultades y retos. En mi opinión, tales dificultades están relacionadas con una tradición en la enseñanza del derecho en la que prima la transmisión de conocimiento sobre las leyes en sentido positivo, que en la aplicación de estas a casos prácticos, reales o hipotéticos.  Creo que las facultades de derecho tienen una desconexión entre la formación jurídica y el contexto social y profesional en la que se inserta el recién egresado (de pregrado), y así mismo una desconexión entre la formación jurídica y su relación con otras disciplinas cercanas al derecho.
 
Para afrontar estas dificultades, es necesario consultar –cuando menos– tres tendencias en la educación legal en el mundo: la experiencia europea, el caso de la formación jurídica en Asia, y el de la formación de juristas en Estados Unidos. A partir de la síntesis y convergencia de estas tres experiencias creo que la formación jurídica debe ser más globalizada y más práctica.
 
En su orden, procurar por una educación jurídica más globalizada significa reconocer que hoy día persiste una tendencia a formar a los estudiantes como “residentes” de su propia jurisdicción y no como “turistas” de diferentes jurisdicciones. Eso es lo contrario a ser un “abogado globalizado”. Una auténtica educación jurídica globalizada es más que la colaboración y el intercambio de estudiantes entre universidades, y también es más que incluir materias “internacionales” en los programas de estudio. Más allá de ello, educar ‘turistas’ más que ‘residentes’ de las diferentes jurisdicciones, por ejemplo, supone perfeccionar habilidades comunicativas que a posteriori le permitan a estudiantes interactuar con abogados ‘residentes’ de otros países, así como aproximarse a la doctrina legal extranjera. 

Entre las diferentes propuestas para formar “abogados globalizados” se debe proponer la incorporación de cursos en los que, por ejemplo, el estudiante explore la manera cómo una misma institución jurídica evoluciona en diferentes países, o también, cursos prácticos en los que un mismo caso jurídico (real o simulado) se resuelve a la luz de las normas de diferentes jurisdicciones. Esto último podría acompañarse con cursos en que –vía internet– participaren y discutan simultáneamente estudiantes de derecho de diferentes universidades de varios países.
 
Esto último punto conecta con la necesidad de avanzar hacia una educación jurídica más práctica. En concreto, lo que se propone es una educación centrada en la formación de habilidades (skills) que conecten al estudiante con la manera como el derecho se ejerce en la realidad. En este caso, la tendencia global se dirige a la promocionar y profundizar el uso de los métodos de “educación clínica legal” y de “resolución de problemas simulados”.
 
Citando el trabajo de Sengupta & Rakshit (2015), destaco que la “educación clínica legal” consiste en “…un método de aprendizaje en donde el estudiante aprende haciendo (learning-by-doing), mediante la participación individual o en grupo en labores que incluyen especialmente la asesoría de clientes-usuarios para la aproximación y solución de problemas jurídicos reales”. 

Nótese que esta definición no corresponde a lo que entre nosotros suele entenderse como ‘consultorio jurídico’ las ‘prácticas’ o las ‘judicaturas’, que son actividades normalmente reservadas al final de la carrera de derecho. Por el contrario, la recomendación es que la “educación clínica legal” esté presente incluso desde los primeros años/semestres de la carrera, pues, con ello se coadyuva al desarrollo de valores morales y éticos en el estudiante de derecho, que son relevantes a posteriori en el ejercicio profesional.
 
Finalmente, la educación centrada en la “resolución de problemas simulados” consiste en un método de enseñanza que busca superar la idea de que un buen estudiante no es aquel que tiene mejores conocimientos jurídicos, sino que es aquel con mejores habilidades para “desenmarañar” y resolver los problemas. Dicho de otra manera, la educación legal no es la adquisición de conocimientos jurídicos, la cual no deja de ser importante, sino que es necesario ver el aula de clase como un laboratorio, un ambiente controlado, en el que el estudiante enfrente sus conocimientos a la resolución de problemas jurídicos que lo preparen a “pensar como abogado”.
 
Referencias
 
Monroy-Cely, D. A. (2018). "Hacia una educación jurídica práctica y globalizada en Colombia". Revista Iberoamericana de Educación Superior, 9(26), 130-152.
 
Sengupta, A., & Rakshit, D. (2015). Modernization of Legal Education in India: The Interdisciplinary Approach to Education. Asian Journal of Legal Education, 2(1), 57–66.

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